Partiendo como casi siempre de los clásicos, para Platón la justicia es “la virtud que comprende o encierra todas las demás”, la bondad vendría a ser, siguiendo al filósofo alemán Alexander Gottlieb Baumgarten: “la determinación de la voluntad para hacer bien a los demás. El beneficio es la acción útil para otro”, lo que Aristóteles llamaría benevolencia.
En el
mundo del Derecho se dice que toda norma tiene un bien jurídicamente protegido
que da sentido al precepto y razón de ser a la restricción legislativa, así, en
la violencia de género, podemos afirmar con el Pleno del Consejo General
del Poder Judicial que es la dignidad de las personas, en el seno de la familia,
lo que merece protección jurídica, además de otros bienes íntimamente ligados a
ésta como la vida o la integridad física o moral.
Dos
han sido los tipos de teorías éticas que han tratado de dar respuesta a la
pregunta sobre qué leyes debemos cumplir atendiendo a la forma de articular lo
bueno frente a lo justo, consecuencia derivada del grado de autonomía propia
que, desde la Modernidad, han tenido las normas. Por un lado, podemos
considerar las éticas teleológicas, que parten de lo que es bueno para
los hombres y donde lo correcto es lograr el mayor bien posible, por otro lado,
las éticas deontológicas, donde lo primero es decidir qué normas son
justas.
Hablamos
de tipos de teorías porque dentro de las éticas teleológicas, que persiguen el telós
del ser humano (la felicidad en Aristóteles), se encuentran las que
podemos llamar perfeccionistas, que proponen llevar a la perfección al
ser humano ejercitando la cualidad que le es más propia (Nietzsche), junto
a las hedonistas, que consideran que una decisión correcta produce los
mejores resultados posibles, caso del utilitarismo.
Además,
están las éticas deontológicas como la de Kant, imperturbables
ante las consecuencias de las acciones a la hora de valorarlas moralmente,
matizadas hoy día por los resultados tan extremos que pueden ocasionar. Se podría
afirmar siguiendo a la filósofa valenciana Adela Cortina que las éticas
teleológicas toman como prioritario el bien no moral para construir lo correcto
o justo, moralmente obligatorio, oponiéndose a las deontológicas que parten de
lo correcto o justo y, sin transgredir este marco, vivir con toda legitimidad
lo que consideren su bien.
El filósofo
y político norteamericano John Rawls, entendió que habían existido muchas
formas de justicia y muchas leyes, instituciones o actitudes personales de las
que reconocemos o no su justicia, confiriéndole solo a una de ellas la mayor
importancia: la Justicia Social. El objeto de la justicia debería ser la
estructura básica de la sociedad, forma en que las Constituciones Políticas o
las principales disposiciones económicas o sociales deberían establecer y
distribuir los derechos y deberes fundamentales, que determinaran la división de
las ventajas provenientes de la cooperación social, satisfacción óptima de los
intereses de todos y cada uno de sus miembros.
Que
lejos estamos de este objetivo, la sociedad según su funcionamiento actual no
obedece a los criterios de justicia, sesgada por intereses personales que
merman su concepción pública que, según Rawls, perturban la asignación de
derechos y deberes, la justa distribución de beneficios y cargas de la vida
cooperativa.
La
mayor crítica a los utilitaristas, que desde Bentham proponen evaluar
las acciones humanas basándose en sus consecuencias y en su utilidad, la efectúa
Rawls al entender que extienden a la sociedad de forma ilegítima el principio
individual de elección, y aunque lo justo y lo bueno son complementarios, la
primacía de lo justo radica en la distinción filosófica moderna entre hombre y
ciudadano. Para Feuerbach la felicidad no era el fin del ciudadano sino
del hombre, el fin del ciudadano es la justicia, de ahí que es en el mundo
ético-político donde la justicia tiene prioridad sobre el bien.
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